El Señor Alcalde de esta Muy Noble, Muy Leal, Insigne y Muy Heroica Ciudad, ha dictado el siguiente “DECRETO.- En uso de las facultades que me confiere el ordenamiento legal vigente, y en especial los artículos 21 y 46 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 78 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, CONVOCO SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA, para el día 6 de Julio a las 9 horas, para conocer y resolver sobre el asunto que se indican en el siguiente ORDEN DEL DIA 1.- Conocimiento de la Constitución de los Grupos Políticos Integrantes y Portavoces, y de los decretos de Alcaldía de: Nombramiento Tenientes de Alcalde – Integrantes de la Junta de Gobierno Local – Concejales delegados – Personal eventual. 2.- Concejales Liberados: Total y parcialmente. 3.- Retribuciones: Personal Eventual – Indemnizaciones por asistencia a los Órganos Colegiados – Asignaciones a Grupos Políticos. 4.- Periodicidad Plenos. 5.- Delegación Competencias del Pleno. 6.- Creación Comisiones Informativas. 7.- Designación Representantes en: Mancomunidad, Adicomt, y resto de órganos colegiados. Así lo manda y firma el señor Alcalde, Don Alberto Casero Ávila, en Trujillo, a uno de Julio de dos mil quince, de lo que como Secretario General, certifico.-“ Lo que en cumplimiento de lo mandado, tengo el honor de notificar a V.S., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con el ruego de que se sirva firmar el recibo de esta comunicación, para constancia en sus antecedentes. Trujillo, a 1 de Julio de 2015. EL SECRETARIO GENERAL. Fdo.: Álvaro Casas Avilés. |